"Financiación" del despido

El FOGASA empezará a resarcir a las empresas con la cantidad de ocho días de salario por año de servicio en la indemnización que corresponda a un trabajador cuhttp://www.blogger.com/img/blank.gifando se extinga por causas objetivas un contrato indefinido con una duración superior a un año. El único requisito es que el trabajador aporte la carta de despido en la que se recoja como causa del mismo alguna de las previstas en el artículo 51 del ET.

Es decir, que se financiará el despido al margen de que haya sido reconocido improcedente por el empresario o por resolución judicial.

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