Medidas laborales ante la crisis
2 Comments Published by Es lo de menos on 30 marzo 2009 at 7:14 p. m..
Como medida de anticipación a los problemas antes de que la situación sea irreversible os adjunto una serie de Medidas Laborales ante la crisis de las Empresas que se pueden utilizar para evitar los EREs de extinción y dejarlos como última opción:
1.- MODIFICACION SISTEMA RETRIBUTIVO (en la mayoría de los casos por la vía del acuerdo o del Art 41 ET – Modificación sustancial)
. Inaplicación del acuerdo salarial de Convenios – DESCUELGUE SALARIAL (ha de estar previsto en Convenios Superiores al de Empresa. Si no está previsto requiere acuerdo entre Empresa y Comité)
. Congelación de incrementos salariales futuros
. Absorción y compensación de salarios (Art 27 ET) a salarios por encima del estipulado para sus categorías (a través del complemento de mejora, por ejemplo)
. Conversión temporal de parte del Salario Fijo en variable
. Implantación de sistemas de retribución flexible.
. Modificación de las políticas de gastos: dietas, kilometraje, etc.
. Deflactación de las tablas salariales (posibilidad de recuperar la diferencia negativa entre IPC previsto y real)
. Supresión de determinados beneficios sociales que se encuentren fuera de Convenio Colectivo
. Aplazamiento de pagos de cuotas de Seguridad Social (depende de decisión unilateral de la TGSS)
2.- MEDIDAS ORGANIZATIVAS (en la mayoría de los casos necesita acuerdo entre ambas partes, no se puede aplicar unilateralmente)
. Conversión temporal de contratos de jornada completa a tiempo parcial
. Asignación de funciones distintas o introducción de la polivalencia funcional
. Modificación del sistema de clasificación profesional o pasar a categorías a grupos profesionales
. Movilidad geográfica (Art 40 ET)
. Favorecimiento de la conciliación de la vida familiar, personal y laboral (fomentar las reducciones de jornada por cuidado de menor, acuerdo excedencia por estudios, etc.)
. Amortización de puestos vía externalización de servicios.
. Modificación de horarios, jornadas y régimen de turnos: bolsas de trabajo
. Flexibilización de las fechas de disfrute de vacaciones. Adelantar el disfrute de las mismas
ERE de suspensión
. Reducción de jornada por causa mayor (mínimo del 33%). El procedimiento es igual que el del ERE y es una situación de desempleo parcial.
3.- RESTRUCTURACION DE PERSONAL A TRAVÉS DE LA PREJUBILACION Y JUBILACIÓN
. Implantación de una política de jubilación parcial
. Establecimiento de edades obligatorias de jubilación
. Prejubilaciones (mayores de 55 años)
. Bajas incentivadas.
Espero que os valga esta información y como decía Albert Einstein "QUIEN SUPERA LA CRISIS SE SUPERA A SI MISMO SIN QUEDAR SUPERADO"
1.- MODIFICACION SISTEMA RETRIBUTIVO (en la mayoría de los casos por la vía del acuerdo o del Art 41 ET – Modificación sustancial)
. Inaplicación del acuerdo salarial de Convenios – DESCUELGUE SALARIAL (ha de estar previsto en Convenios Superiores al de Empresa. Si no está previsto requiere acuerdo entre Empresa y Comité)
. Congelación de incrementos salariales futuros
. Absorción y compensación de salarios (Art 27 ET) a salarios por encima del estipulado para sus categorías (a través del complemento de mejora, por ejemplo)
. Conversión temporal de parte del Salario Fijo en variable
. Implantación de sistemas de retribución flexible.
. Modificación de las políticas de gastos: dietas, kilometraje, etc.
. Deflactación de las tablas salariales (posibilidad de recuperar la diferencia negativa entre IPC previsto y real)
. Supresión de determinados beneficios sociales que se encuentren fuera de Convenio Colectivo
. Aplazamiento de pagos de cuotas de Seguridad Social (depende de decisión unilateral de la TGSS)
2.- MEDIDAS ORGANIZATIVAS (en la mayoría de los casos necesita acuerdo entre ambas partes, no se puede aplicar unilateralmente)
. Conversión temporal de contratos de jornada completa a tiempo parcial
. Asignación de funciones distintas o introducción de la polivalencia funcional
. Modificación del sistema de clasificación profesional o pasar a categorías a grupos profesionales
. Movilidad geográfica (Art 40 ET)
. Favorecimiento de la conciliación de la vida familiar, personal y laboral (fomentar las reducciones de jornada por cuidado de menor, acuerdo excedencia por estudios, etc.)
. Amortización de puestos vía externalización de servicios.
. Modificación de horarios, jornadas y régimen de turnos: bolsas de trabajo
. Flexibilización de las fechas de disfrute de vacaciones. Adelantar el disfrute de las mismas
ERE de suspensión
. Reducción de jornada por causa mayor (mínimo del 33%). El procedimiento es igual que el del ERE y es una situación de desempleo parcial.
3.- RESTRUCTURACION DE PERSONAL A TRAVÉS DE LA PREJUBILACION Y JUBILACIÓN
. Implantación de una política de jubilación parcial
. Establecimiento de edades obligatorias de jubilación
. Prejubilaciones (mayores de 55 años)
. Bajas incentivadas.
Espero que os valga esta información y como decía Albert Einstein "QUIEN SUPERA LA CRISIS SE SUPERA A SI MISMO SIN QUEDAR SUPERADO"
Etiquetas: Legislacion
Hola ELDM,
yo también te sigo, ya habrás visto que estás en mi blogroll hace tiempo. A ver si en tus artículos meto baza y comento más a menudo :-)
Si te parece bien a ver si nos conectamos por linkedin ;-)
Un saludo.
Muy interesantes tus propuestas
Enhorabuena por el blog