Medidas laborales ante la crisis
2 Comments Published by Es lo de menos on 30 marzo 2009 at 7:14 p. m..

1.- MODIFICACION SISTEMA RETRIBUTIVO (en la mayoría de los casos por la vía del acuerdo o del Art 41 ET – Modificación sustancial)
. Inaplicación del acuerdo salarial de Convenios – DESCUELGUE SALARIAL (ha de estar previsto en Convenios Superiores al de Empresa. Si no está previsto requiere acuerdo entre Empresa y Comité)
. Congelación de incrementos salariales futuros
. Absorción y compensación de salarios (Art 27 ET) a salarios por encima del estipulado para sus categorías (a través del complemento de mejora, por ejemplo)
. Conversión temporal de parte del Salario Fijo en variable
. Implantación de sistemas de retribución flexible.
. Modificación de las políticas de gastos: dietas, kilometraje, etc.
. Deflactación de las tablas salariales (posibilidad de recuperar la diferencia negativa entre IPC previsto y real)
. Supresión de determinados beneficios sociales que se encuentren fuera de Convenio Colectivo
. Aplazamiento de pagos de cuotas de Seguridad Social (depende de decisión unilateral de la TGSS)
2.- MEDIDAS ORGANIZATIVAS (en la mayoría de los casos necesita acuerdo entre ambas partes, no se puede aplicar unilateralmente)
. Conversión temporal de contratos de jornada completa a tiempo parcial
. Asignación de funciones distintas o introducción de la polivalencia funcional
. Modificación del sistema de clasificación profesional o pasar a categorías a grupos profesionales
. Movilidad geográfica (Art 40 ET)
. Favorecimiento de la conciliación de la vida familiar, personal y laboral (fomentar las reducciones de jornada por cuidado de menor, acuerdo excedencia por estudios, etc.)
. Amortización de puestos vía externalización de servicios.
. Modificación de horarios, jornadas y régimen de turnos: bolsas de trabajo
. Flexibilización de las fechas de disfrute de vacaciones. Adelantar el disfrute de las mismas
ERE de suspensión
. Reducción de jornada por causa mayor (mínimo del 33%). El procedimiento es igual que el del ERE y es una situación de desempleo parcial.
3.- RESTRUCTURACION DE PERSONAL A TRAVÉS DE LA PREJUBILACION Y JUBILACIÓN
. Implantación de una política de jubilación parcial
. Establecimiento de edades obligatorias de jubilación
. Prejubilaciones (mayores de 55 años)
. Bajas incentivadas.
Espero que os valga esta información y como decía Albert Einstein "QUIEN SUPERA LA CRISIS SE SUPERA A SI MISMO SIN QUEDAR SUPERADO"
Etiquetas: Legislacion
Hola ELDM,
yo también te sigo, ya habrás visto que estás en mi blogroll hace tiempo. A ver si en tus artículos meto baza y comento más a menudo :-)
Si te parece bien a ver si nos conectamos por linkedin ;-)
Un saludo.
Muy interesantes tus propuestas
Enhorabuena por el blog